Una de las novedades legislativas más mediáticas de este nuevo año que empieza es la posibilidad, a partir del 1 de enero de 2025, de rescatar anticipadamente las aportaciones en los planes de pensiones hechas antes del 31 de diciembre de 2015.
La disposición final 1. 2.ª de la Ley 26/2014 modificó el artículo 8 de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, en el sentido de permitir rescatar anticipadamente y sin ninguna contingencia específica los importes de los derechos consolidados que correspondan a aportaciones con al menos 10 años de antigüedad..
Descubre en nuestra circular las diferencias con respecto al sistema vigente hasta ahora, y el impacto fiscal de esta nueva posibilidad de rescate anticipado.
Debe tenerse en cuenta que cualquier decisión con respecto al rescate antes de que el tiempo de los planes de pensiones tendrán un importante efecto fiscal. Por esta razón, os recomendamos que nos consultéis antes de tomar cualquier decisión.. Podéis contactar con nosotros, como siempre, por teléfono, por correo electrónico o mediante el formulario de contacto de nuestra página web.