A partir de abril se podrán fraccionar y aplazar deudas fiscales de hasta 50.000 euros sin necesidad de aportar garantías

La Agencia Tributaria ha elevado de 30.000 a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago de impuestos, así como otras deudas de naturaleza pública que gestionan los demás órganos de la Administración General del Estado y las entidades autónomas.

Esta medida se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de hoy, 31 de marzo de 2023, pero no tendrá efecto hasta el 15 de abril de 2023. 15 d’abril de 2023.

Las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que estén en tramitación a fecha 15 de abril de 2023 continuarán rigiéndose por la normativa en vigor en la fecha de presentación de la solicitud correspondiente.

Para más información, adjuntamos la Orden HFP/311/2023 que regula esta nueva medida.

 

Documentación:

AMPLIACIO EXENCIO GARANTÍAS EN APLAZAMIENTOS DE 50.000 EUROS

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